Consultas BOICAC

*NOTA: Como consecuencia del nuevo marco contable derivado de la ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la lesgilación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de laUnión europera, a partir del BOICAC 72, las consultas se refieren al Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, y al Plan General de Contabilidad de pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por Real Decreto 1515/2007.

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  • Sobre si se vería vulnerado el deber de secreto al que se encuentran sujetos los auditores de cuentas, conforme a lo previsto en la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, por el hecho de comunicar a las autoridades pertinentes determinados “hechos delictivos o infracciones de carácter económico” (blanqueo de capitales, corrupción económica, estafa, cohecho, etc.), cometidos por la entidad auditada o sus representantes y detectados en el curso normal de un trabajo de auditoría de cuentas, en cumplimiento de lo dispuesto en la legislación vigente a este respecto (artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y normativa vigente sobre prevención del blanqueo de capitales).

    Fecha de Publicación: 31-03-2007 | Número BOICAC: 69/MARZO 2007-1 |
  • Sobre los criterios de actuación del auditor en la realización del trabajo y emisión del informe de auditoría de las cuentas anuales correspondientes al primer ejercicio social en que resultan de aplicación las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).

    Fecha de Publicación: 30-09-2005 | Número BOICAC: 63/SEPTIEMBRE 2005-4 |
  • Sobre si los trabajos de revisión limitada a que se refieren las Normas Internacionales de Auditoría (NIAS) de la Internacional Federation of Accountants (IFAC, en su número 910 (ahora 2400), tienen la consideración de trabajos de auditoría de cuentas conforme a lo previsto en la Ley 19/1988 de Auditoría de Cuentas, y por tanto si están sujetos a lo dispuesto en dicha Ley a todos los efectos. Y si esta misma consideración se extiende a los otros trabajos de servicios relacionados que se contemplan en las NIAS 920 y 930 (ahora 4400 y 4410), de “procedimientos acordados” y “compilación o elaboración de información financiera”.

    Fecha de Publicación: 30-09-2005 | Número BOICAC: 63/SEPTIEMBRE 2005-3 |
  • Sobre si las sociedades de auditoría pueden integrar la administración concursal, a tenor de lo previsto en el artículo 27 de la ley 22/2003, de julio, concursal.

    Fecha de Publicación: 30-09-2004 | Número BOICAC: 59/SEPTIEMBRE 2004-1 |
  • Contestación a la consulta acerca de diversos extremos relacionados con la incompatibilidad del auditor de cuentas anuales de la entidad prevista en el artículo 8.2.f) de la ley 19/1988, de 12 de julio, de auditoría de cuentas, en redacción dada por la Ley 44/2002, de 22 de septiembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, por la determinación del valor razonable de la las acciones/participaciones sociales, de conformidad con lo previsto en los artículos 63 de la Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, y 29.1 de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de sociedades de responsabilidad limitada.

    Fecha de Publicación: 31-03-2004 | Número BOICAC: 57/MARZO DE 2004-1 |
  • Sobre si es correcto el modelo de informe a emitir por un auditor en un trabajo concreto que se le ha encargado, consistente en determinar el valor contable de las acciones de una entidad, con el fin exclusivo de que dicho valor sea conocido por sus socios, en base al balance presentado en la administración tributaria a efectos impositivos y sin auditar las cuentas anuales de la citada entidad.

    Fecha de Publicación: 31-12-2001 | Número BOICAC: 48/DICIEMBRE DE 2001-4 |
  • Sobre si existe la posibilidad de no aceptar el nombramiento de auditor de cuentas efectuado por el Registrador Mercantil correspondiente. Y si un auditor de cuentas en situación de ejerciente puede solicitar al ICAC su exclusión de las listas que dicho Organismo remite anualmente a los Registradores Mercantiles.

    Fecha de Publicación: 31-12-2001 | Número BOICAC: 48/DICIEMBRE DE 2001-3 |
  • Sobre la posibilidad de que un auditor con nombramiento en vigor en una entidad pueda renunciar al mismo, al surgir fuertes discrepancias en el desarrollo del trabajo de auditoría con los administradores y falta de colaboración e incumplimientos en el pago de honorarios, sin que se produzca ninguna infracción de la normativa de auditoría de cuentas.

    Fecha de Publicación: 31-12-2001 | Número BOICAC: 48/DICIEMBRE DE 2001-2 |
  • Sobre el tipo de opinión a emitir en el informe de auditoría de cuentas anuales consolidadas de un grupo de sociedades, en el supuesto de haber sido nombrado auditor a estos efectos por el Registrador Mercantil correspondiente, al no haber efectuado la Junta General de la sociedad dominante el debido nombramiento, sin poder auditar, por tanto, las cuentas anuales de la sociedad dominante ni las de las dependientes, que han sido auditadas por otros auditores, y sin tener acceso a la mayor parte de los papeles de trabajo de éstos, puesto que pertenecen a distintos países extranjeros.

    Fecha de Publicación: 31-12-2001 | Número BOICAC: 48/DICIEMBRE DE 2001-1 |
  • Sobre si se produce una situación de incompatibilidad en un auditor de cuentas de una Agencia de Valores en el caso de que éste pase a desempeñar en dicha entidad las funciones de la Unidad de Control que prevé la Circular 1/1998 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), y si ésta se produciría también en el caso de que las funciones de la Unidad de Control las realizase otra entidad participada en un 65% por el auditor de cuentas.

    Fecha de Publicación: 31-12-2000 | Número BOICAC: 44/DICIEMBRE DE 2000-5 |