Consultas BOICAC

*NOTA: Como consecuencia del nuevo marco contable derivado de la ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la lesgilación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de laUnión europera, a partir del BOICAC 72, las consultas se refieren al Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, y al Plan General de Contabilidad de pequeñas y Medianas Empresas, aprobado por Real Decreto 1515/2007.

Mostrando 81 - 90 de 119 resultados


  • Sobre la forma de computar los límites establecidos en los artículos 181 y 190 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas con motivo de la modificación de los mismos producida por la disposición adicional segunda de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

    Fecha de Publicación: 29-02-1996 | Número BOICAC: 24/FEBRERO DE 1996-1 |
  • Relativa a la posible incompatibilidad de una sociedad auditora para realizar la auditoría de una determinada entidad cuyas cuentas anuales fueron auditadas durante los tres últimos ejercicios por otra sociedad de auditoría en la que uno de sus socios dejó de ostentar tal condición pasando a ser socio de la primera de las sociedades de auditoría citadas.

    Fecha de Publicación: 31-12-1993 | Número BOICAC: 15/DICIEMBRE DE 1993-2 |
  • Relativa a los siguientes aspectos relacionados con la actuación de los interventores-auditores de cuentas en los procedimientos de suspensión de pagos: 1) Posible aplicación de la normativa reguladora de la auditoría de cuentas a la actuación desarrollada por los citados interventores. 2) En el supuesto de considerar que los interventores judiciales realizan actuaciones de auditoría de cuentas, ?deberían auditarse las cuentas anuales de la entidad en suspensión de pagos? 3) Posible consideración de dichos interventores como órganos de la Administración Pública a efectos de que les resulte aplicable la Disposición Adicional Tercera de la Ley de Auditoría de Cuentas.

    Fecha de Publicación: 31-12-1993 | Número BOICAC: 15/DICIEMBRE DE 1993-1 |
  • Relativa a los siguientes hechos: a)La sociedad de auditoría consultante fue nombrada auditor de cuentas de una compañía mercantil en junio de 1990 por tres ejercicios (1990, 1991 y 1992). b)En 1992 dicha compañía, a efectos de unificar los auditores del grupo a que pertenece, nombró en la Junta General celebrada en dicho año nuevos auditores. c)Muy posteriormente en Febrero de 1993 se recibió certificación del acuerdo en el que se nombran nuevos auditores. No se hace ninguna alusión a la revocación de los anteriores. Al no tener más noticias, los auditores preguntan sobre la actuación que les corresponde realizar para no incurrir en responsabilidad profesional.

    Fecha de Publicación: 31-05-1993 | Número BOICAC: 13/MAYO DE 1993-2 |
  • Relativa a la obligatoriedad de someter a la verificación de un auditor de cuentas el balance que sirva de base a la operación prevista en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, consistente en la reducción del capital social a fin de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas, y el aumento simultáneo de capital en una cantidad igual o superior a la reducción practicada.

    Fecha de Publicación: 31-05-1993 | Número BOICAC: 13/MAYO DE 1993-1 |
  • 1)Sobre si el artículo 40 del Reglamento de desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas contradice lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, en relación a la posibilidad de prorrogar el período inicial de contratación de los auditores de cuentas y, por tanto, dicha prórroga no debe de ser admitida jurídicamente. 2)Admitida la posibilidad de prorrogar el contrato de los auditores de cuentas, ¿cuál es el plazo para efectuar la renovación del auditor?

    Fecha de Publicación: 31-03-1993 | Número BOICAC: 12/MARZO DE 1993-6 |
  • Sobre la actuación que debe seguir un auditor de cuentas ante la falta de pago de sus honorarios por parte de la entidad auditada.

    Fecha de Publicación: 31-03-1993 | Número BOICAC: 12/MARZO DE 1993-5 |
  • Sobre si es obligatorio para los auditores en ejercicio realizar un mínimo de horas al año en concepto de reciclaje.

    Fecha de Publicación: 31-03-1993 | Número BOICAC: 12/MARZO DE 1993-4 |
  • Sobre si existe incompatibilidad del Comisario, Depositario o Síndicos, de una empresa declarada en quiebra, una vez cesados en sus cargos, para ser nombrados auditores de cuentas de dicha empresa y, en su caso, a qué período debe extenderse la incompatibilidad.

    Fecha de Publicación: 31-03-1993 | Número BOICAC: 12/MARZO DE 1993-3 |
  • Sobre la obligatoriedad o no de auditar las cuentas anuales de una Sociedad de Inversión Mobiliaria que, sometida en principio a tal obligación en base a lo establecido en la Disposición Adicional Primera. 1 de la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, se encuentra en estado de liquidación.

    Fecha de Publicación: 31-03-1993 | Número BOICAC: 12/MARZO DE 1993-2 |