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Requisitos para ser Auditor de Cuentas

Para ser auditor de cuentas y poder ejercer la actividad de auditoría de cuentas en España es preciso estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Los requisitos son los siguientes:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión europea.

c) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.

d)  Obtener la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

La autorización del ICAC se obtiene al cumplir las siguientes condiciones:

a) Tener una titulación universitaria de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

b) Haber seguido programas de enseñanza teórica.

c) Haber adquirido una formación práctica

d) Haber superado un examen de aptitud profesional organizado y reconocido por el Estado.

Es decir, además de unos requisitos de carácter general, para obtener dicha autorización e inscribirse en el ROAC es preciso tener una titulación universitaria mínima, seguir un programa de enseñanza teórica, adquirir una formación práctica y, finalmente, presentarse a un examen.

La titulación universitaria mínima que se exige es la de Grado universitario.

Los títulos universitarios extranjeros para que tengan validez en el territorio español es necesario que sean homologados u obtenido la equivalencia a un título universitario español por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Los programas de enseñanza teórica de auditores (requisito b) deben estar previamente homologados por el ICAC y se pueden impartir por Universidades y Centros de Educación Superior autorizados (Másteres universitarios o títulos propios) o por Corporaciones de derecho público representativas de auditores de cuentas.

Puede consultar los programas de enseñanza teórica homologados en

https://www.icac.gob.es/programasensenanzateorica/cursoshomologados

La formación teórica completa de un auditor debe comprender los siguientes bloques, módulos y materias:

 

 

No necesariamente, puede estar dispensado de cursar determinadas materias si obtiene una dispensa por haberlas cursado previamente en su titulación de Grado Universitario (véase apartado ¿qué es la dispensa parcial por título de Grado?).

No obstante, la obtención de una dispensa parcial por un título de Grado no obliga a las Universidades que organizan un máster a eximir al estudiante de cursar esas materias para la obtención del título de Máster.

La formación práctica (requisito c) debe extenderse por un periodo mínimo de tres años en trabajos realizados en el ámbito financiero y contable, y especialmente referida a cuentas anuales, cuentas consolidadas o estados financieros análogos.

Al menos, dos años de dicha formación práctica se deben realizar con un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría, y en el ejercicio de esta actividad en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. Y no se entiende cumplido hasta haber acreditado la realización efectiva de las tareas integrantes de las distintas fases que componen la actividad de auditoría de cuentas durante un periodo que sume, al menos, dos años de tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial. A estos efectos un año equivale a 1.700 horas.

Al menos el 50 % de la formación práctica en auditoría de cuentas deberá ser realizada con posterioridad a la finalización del programa de enseñanza teórica.

Se podrá presentar al examen de aptitud profesional cuando tenga el resto de los requisitos  de titulación universitaria, formación teórica y formación práctica cumplidos.

El examen consta de dos fases, en la primera se evalúan los conocimientos teóricos adquiridos en el programa de enseñanza teórica y, en la segunda se evalúa la capacidad de aplicar en la práctica dichos conocimientos. 

Estos exámenes se convocan como mínimo, cada dos años, mediante Orden del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Puede consultar la convocatoria y los requisitos exigidos en

https://www.icac.gob.es/examenesroac

Sí. La dispensa de la primera fase del examen de aptitud podrá ser total, abarcando a todas las materias de formación teórica; o parcial, abarcando solo a algunas de las materias.

La dispensa total se obtiene cuando se realiza un programa de enseñanza teórica de auditores homologado que constituya un Máster Universitario y que incluya todas las materias de formación, o cuando, con la suma de materias cursadas y dispensadas en el Máster Universitario y en el título de Grado correspondiente se cubran todas las materias.

La dispensa total permitirá a los candidatos que se presenten al examen de aptitud, previa la acreditación documental exigida en la correspondiente orden de convocatoria, pasar directamente a la segunda fase del examen.

La dispensa parcial se obtiene cuando el candidato ha realizado un programa de enseñanza teórica homologado que no constituya un Máster Oficial Universitario, pero ha obtenido una dispensa parcial por su título de Grado.

La dispensa parcial supone la exención de examinarse en la primera fase del examen de aptitud profesional de las materias a las que alcance dicha dispensa, debiendo examinarse del resto de materias no dispensadas.

Determinadas titulaciones de Grado tienen una dispensa genérica parcial otorgada por el ICAC.  Estas titulaciones se encuentran en la web del ICAC para conocimiento general en

https://www.icac.gob.es/programasensenanzateorica/dispensagenerica

La obtención de una dispensa parcial por título de grado permite a las personas que ostentan dichas titulaciones la dispensa de la formación teórica en dichas materias y la primera fase del examen en relación con dichas materias (ver apartado ¿tengo que cursar necesariamente todas las materias de formación?)

Ninguna titulación universitaria de grado puede dispensar íntegramente de la primera fase del examen. Los módulos y materias que no pueden ser dispensados en un título de grado son los siguientes:

  1. Módulo I.1. Auditoría de cuentas.

  2. Materia I.2.3. Normas Internacionales de Información Financiera.

  3. Materia I.3.3. Técnicas de valoración de empresas y confección de planes de viabilidad.

Se puede solicitar una dispensa específica parcial al ICAC, presentando además del formulario de solicitud, un certificado académico personal expedido por la universidad donde se ha obtenido el título de Grado y el programa o guías de estudio de las asignaturas cursadas para la obtención del título, según se indica en

https://www.icac.gob.es/programasensenanzateorica/procedimientodispensatitulosgrado