Competencias

El Presidente del ICAC, con categoría de director general, será nombrado por el Gobierno, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Al presidente le corresponde ostentar la representación legal del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y ejercerá todas aquellas funciones que le asigna la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas y el reglamento que la desarrolla aprobado por el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero .Entre otras podemos citar:

  • La Presidencia del Comité de Auditoría de Cuentas y del Consejo de Información Corporativa, así como del Comité Consultivo de Contabilidad y del Comité Consultivo de Sostenibilidad
  • La dirección, impulso y coordinación de los servicios del Organismo en orden al cumplimiento de sus funciones.
  • La potestad administrativa sancionadora a que se refiere el artículo 68 de la Ley 22/2015, de 20 de julio.
  • Las relaciones internacionales del Instituto, de acuerdo con los órganos correspondientes del Ministerio de Asuntos Exteriores.
  • El ejercicio de las facultades legalmente atribuidas a los Presidentes y Directores de los Organismos Autónomos.

A la Secretaria General, con rango de Subdirección General le compete:

  • La gestión económica, contable y presupuestaria del Instituto
  • Todas aquellas competencias de carácter administrativo como el estudio, propuesta y gestión de la política de personal afecto al Instituto.
  • Todas aquellas funciones de régimen interior, de gestión de medios materiales, de edificios e instalaciones. 
  • Organización y mantenimiento del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC)
  • La gestión completa de la recaudación de la Tasa por el control y supervisión de la actividad de la auditoría de cuentas y de la Tasa por la expedición de certificados o documentos a instancia de parte y por las inscripciones y anotaciones en el ROAC. 
  • Organización, mantenimiento y publicación del Boletín del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC) en su página web, así como el resto de documentación nacional y extranjero de interés en materia contable, financiera y de auditoría. 
  • Impulsar el Plan de Transformación Digital del ICAC, dentro del marco estratégico global del Plan de Transformación digital de la Administración General del Estado (AGE) y sus Organismos Públicos (OP), velando por el mantenimiento y la actualización de las estructuras tecnológicas, sistemas, comunicaciones y, en general, todos aquellos servicios TIC, imprescindible para garantizar la gestión eficaz del ICAC en su conjunto.

La Subdirección General de Normas Técnicas de Auditoría tiene competencias en relación con:

  • La formación de los auditores de cuentas. 
  • La preparación de los proyectos legislativos y reglamentarios en materia de auditoría de cuentas.
  • El análisis y aprobación de las Normas Técnicas de Auditoría.
  • La información sobre proyectos normativos tramitados por otros organismos.
  • La contestación a consultas sobre aplicación de la normativa sobre auditoría de cuentas.
  • La instrucción de expedientes administrativos sancionadores por la comisión de las infracciones previstas en la Ley de Auditoría de Cuentas y por el incumplimiento de la obligación de depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil prevista en la Ley de Sociedades de Capital.

A la Subdirección General de Control Técnico le compete el ejercicio de las facultades que la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, otorga al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en materia de inspecciones e investigaciones, concretadas en: 

  • Proponer qué trabajos de auditoría de cuentas deben ser revisados por el Instituto, bien porque el superior interés público lo exija, o a instancia de parte legalmente interesada.
  • Realizar los trabajos de inspección de los sistemas de control de calidad interno de los auditores. 
  • Realizar la investigación de trabajos de auditoría de cuentas o aspectos de la actividad de auditoría de cuentas, para determinar hechos o circunstancias que puedan suponer la existencia de indicios de posibles incumplimientos de la normativa.
  • La elaboración de los informes de inspección con especial referencia, en su caso, de las circunstancias que signifiquen incumplimiento de la Ley de Auditoría de Cuentas o de las normas técnicas de auditoría de cuentas.

La Subdirección General de Normalización y Técnica Contable del ICAC desarrolla las siguientes funciones:

  • Preparación de proyectos legislativos y reglamentarios en materia contable.
  • Análisis y aprobación de resoluciones que complementan el Plan General de Contabilidad.
  • Resuelve consultas sobre la correcta interpretación de la normativa contable nacional.
  • Emite informes sobre propuestas normativas que afecten a la materia contable. 
  • Coopera con otras Instituciones emisoras de pronunciamientos contables tanto en el ámbito nacional como en el ámbito internacional, de forma particular con el EFRAG y el IASB.