Objetivo de la Directiva de Sostenibilidad
La Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 sobre la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (Directiva CSRD, por sus siglas en inglés) tiene como objetivo mejorar el marco de presentación y verificación de la información sobre sostenibilidad, definiendo las relacionadas con la sostenibilidad y estableciendo pautas para la presentación de dicha información por parte de las empresas.
Empresas obligadas a presentar información sobre sostenibilidad
La CSRD amplía el alcance de la obligación de presentar información sobre sostenibilidad a varios grupos de empresas, incluyendo a:
- Grandes empresas, independientemente de si cotizan en bolsa o no.
- Pequeñas y medianas empresas (PyMES) que hayan emitido valores en mercados secundarios regulados de la UE. Estas empresas tienen requisitos de presentación de informes menos rigurosos y plazos adicionales para adaptarse a las nuevas obligaciones.
- Empresas de seguros y entidades de crédito, dada su importancia en la transición hacia un sistema económico y financiero sostenible.
- Filiales o sucursales establecidas en España, cuya empresa matriz o entidad de control se encuentre fuera de la Unión Europea.
Contenido del informe de sostenibilidad
En cuanto al informe de sostenibilidad, este debe incluirse en el informe de gestión de la empresa, proporcionando la información necesaria para comprender el impacto de la empresa en las cuestiones de sostenibilidad, así como la información necesaria para comprender cómo afectan las cuestiones de sostenibilidad a la evolución, los resultados y la situación de la empresa. Esta información debe identificarse claramente en una sección específica en el informe de gestión.
A estos efectos, se entenderán por cuestiones de sostenibilidad los factores medioambientales, sociales, relativos a los derechos humanos y de gobernanza, incluida toda información relacionada con el personal y la lucha contra la corrupción y el soborno.
Además de los aspectos medioambientales, sociales y relativos al personal requeridos por la Ley 11/2018, la Directiva establece que el informe debe incluir información sobre el modelo de negocio, estrategia, órganos de administración, políticas, procedimientos de diligencia debida, cadena de valor, principales riesgos e indicadores. Esta información debe ser prospectiva y retrospectiva, considerando horizontes a corto, medio y largo plazo.
Normas Europeas de Información sobre sostenibilidad (ESRS)
La presentación de estos datos debe seguir las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS por sus siglas en inglés) adoptadas por la Comisión Europea a través de actos delegados y son elaboradas en base del asesoramiento técnico del European Financial Report Advisory Group (EFRAG). La intención de la Comisión es crear una serie de paquetes de normas que podemos englobar en tres áreas:
- ESRS genérales aplicables a todas las entidades obligadas a presentar informes, independientemente de la naturaleza de su actividad.
- ESRS sectoriales, aplicables a entidades obligadas a presentar informes pertenecientes a un sector específico.
- ESRS específicos para PyMEs.
Formato electrónico
Es importante destacar la Directiva de Sostenibilidad promueve la digitalización de los datos a nivel europeo. Por lo tanto, los informes de gestión deberán elaborarse en formato electrónico de acuerdo con el Reglamento delegado 2019/815 y se requerirá etiquetar la información sobre sostenibilidad según dicho reglamento.
Fases de aplicación
La aplicación de estas nuevas obligaciones se realizará en tres fases:
- 1 de enero de 2024 para las empresas ya sujetas a la Directiva sobre divulgación de información no financiera.
- 1 de enero de 2025 para las grandes empresas no sujetas en la actualidad a la Directiva sobre divulgación de información no financiera.
- 1 de enero de 2026 para las pymes que cotizan, así como para las entidades de crédito pequeñas y no complejas y para las empresas de seguros cautivas.
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