Declaración de accesibilidad
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.icac.gob.es, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.
Situación de cumplimiento
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
Contenido no accesible
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
- Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018
- Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica o la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto [requisito número 9.1.1.1 y 9.1.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 Contenido no textual o de información y relaciones]
- En algunos formularios el campo de entrada que recopila información sobre el usuario no tiene identificado el propósito. [requisito número 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301549:2019 identificación del propósito de entrada]
- En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 contraste mínimo]
- En algunas páginas el contraste de los componentes de interfaz de usuario y de objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes. [requisito número 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2019 contraste no textual]
- De manera puntual algún enlace podría no tener definido el propósito específico de manera textual. [requisito número 9.2.4.4 de la norma UNE-EN 301549:2019 propósito de los enlaces]
- No siempre se ofrecen enlaces a páginas de contenido relacionado o formas alternativas de navegación [requisito número 9.2.4.5 de la norma UNE-EN 301549:2019 Múltiples vías]
- La ubicación del foco no es siempre visible cuando se navega con teclado. [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2019 Foco visible]
- De manera puntual algunas etiquetas que acompañan a los controles no tienen el mismo nombre [requisito número 9.2.5.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 inclusión de la etiqueta en el nombre]
- En alguna página no se indica el lenguaje por defecto que se utiliza [requisito número 9.3.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 Lenguaje de la página]
- Hay contenidos o frases dentro de la página cuyo idioma no puede determinarse por programa [requisito número 9.3.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2019 Idioma de las partes]
- La interacción del usuario con algún control provoca cambios de página sin advertirlo previamente. [requisito número 9.3.2.2 de la norma UNE-EN 301549:2019 al recibir entradas]
- Hay campos de de entrada de datos con capacidad de detección automática de errores que no identifican donde o como se produce dicho error [requisito número 9.3.3.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 Identificación de errores]
- De manera puntual podría existir algún error de entrada en algún campo/formulario del que no se notificase al usuario la sugerencia para solucionarlo. [requisito número 9.3.3.3 de la norma UNE-EN 301549:2019 Sugerencia ante errores]
- En algunas páginas puede haber atributos e ID duplicados [requisito número 9.4.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2019 procesamiento]
- En algunas páginas los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad. [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2019 Nombre, función, valor]
No aplica.
- El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
- Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
- Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por este Instituto ni están bajo nuestro control, como, por ejemplo, archivos ofimáticos.
- Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.
Preparación de la presente declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 22 de abril de 2021.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por la empresa Everycode S.L el 15/4/2021.
Última revisión de la declaración: 02 de mayo de 2022.
Observaciones y datos de contacto
Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como, por ejemplo:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.
Puede presentar:
- Una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
- Una Solicitud de Información accesible relativa a:
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.
En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
A través del procedimiento de Instancia Genérica de la Sede electrónica del ICAC, ámbito Accesibilidad web así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del ICAC.
Procedimiento de aplicación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
La reclamación puede ser presentada:
A través del procedimiento de Quejas y Sugerencias de la Sede electrónica del ICAC (https://icac.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/3497/idp/998) así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad del ICAC.